martes, 24 de julio de 2012

La Declaración Patrimonial Es Un Abuso A La Privacidad?

En este artículo vuelvo a mostrar mi preocupación por el rumbo que está tomando mi país de residencia, Ecuador, y varios países de la región, pues en los últimos años el Gobierno local ha demostrado querer tener un control sobre los medios de comunicación, algo nunca antes visto en este país.

Ahora, mi preocupación se debe a varios impuestos nuevos que se están imponiendo, como la declaración patrimonial, muy aparte de la declaración anual que todo ciudadano debe realizar, también muy aparte al impuesto a la herencia.

Citaré algunas palabras del Doctor Gerardo Villacreces Carbo, abogado con amplia experiencia, y puedo expresar mi preocupación con un artículo publicado por él:

“La primera pregunta que me surgió al leer en su oportunidad el texto legal de la obligatoriedad de la declaración patrimonial, fue por qué y para qué la necesidad de esta norma? Si la intención es conocer los ingresos de las personas para efectos del impuesto a la renta, no es suficiente con la declaración anual que se realiza, con los severos riesgos que contempla la actual legislación en caso de evasión? Sumado a esto, sabemos que el Estado dispone ya de diversas fuentes de información, a fin de conocer la situación de las personas, entonces para qué obligar a las mismas para que declaren su patrimonio bien habido? O es que la intención es otra, es decir conocer cuánto tiene una persona, violando su intimidad personal y familiar, con miras a la creación y/o determinación de impuestos, tales como el del patrimonio o el ya existente y elevado impuesto a la herencia? Qué pensar de esto, cuando estamos viendo un presupuesto estatal deficitario urgido de recursos, encarcelado entre asumir el alto costo de salir de la dolarización vs mantenerla sin tener con qué financiar el presupuesto?

Quizás el camino que le quedaría a la Administración sea la facultad determinadora, utilizando para el efecto la información que ya dispone, pero sin el atrevimiento de invadir inconstitucionalmente el derecho a la intimidad personal y familiar, el cual es sagrado, y el mismo que no admite el equivocado criterio, en el sentido de que los derechos colectivos pueden atropellar los derechos constitucionales del individuo."

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