martes, 2 de octubre de 2012

La Nueva Ley de Inmigración USA

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2012  - La nueva ley de inmigración anunciada por el presidente de Estados Unidos, Barack Obama, que permite a los ilegales jóvenes permanecer en el país y que beneficiará a al menos 800 mil indocumentados principalmente de América Latina y México entró en vigor.

En adelante a los inmigrantes ilegales, siempre temerosos a la deportación, se les permitirá permanecer en el país si cumplen con cinco criterios: haber ingresado a EEUU antes de la edad de 16 años, vivir en forma continua en el país por al menos cinco años, ser estudiante de escuela o haberla completado, comprobar educación secundaria o ser oficial militar retirado, no tener antecedentes penales y no tener una edad superior los 30 años.

Los beneficiados contaran con permisos de trabajo hasta por dos años con posibilidad de renovación. Pero la nueva legislación excluye la posibilidad de recibir la ciudadanía estadounidense y la oportunidad de viajar por el mundo sin una visa para los ilegales.
Obama declaró que esta solución al problema de inmigración ilegal en el país es solo temporal y llamó al Congreso a aprobar en forma rápida el proyecto de ley sobre los derechos de los inmigrantes ilegales en Estados Unidos.

El Departamento de Seguridad Nacional a partir de este miércoles comenzará a revisar las solicitudes de migrantes que pretenden permanecer en EEUU en forma legal. El formulario tiene un valor de 465 dólares.
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Abogados de inmigracion

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El Nuevo Examen de Naturalizacion - El Servicio de Inmigración ha creado un nuevo examen con el propósito que los solicitantes aprendan a identificar los valores básicos de la ciudadanía. Hay nuevos exámenes de lectura, y también preguntas relativas a la historia y gobierno de los Estados Unidos.

Para los residentes permanentes tenemos la lista de preguntas y respuestas y será un placer proveerlas a cualquier solicitante que desee usar nuestros servicios.

Para Asistencia, LLAMENOS GRATIS al 1-888-226-4232

Evaluamos su Caso Garatis desde nuestra oficina en Nueva York. 

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domingo, 2 de septiembre de 2012

El 0800 de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor

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La consultora Ibarómetro presentó en la Subsecretaría de Defensa del Consumidor de la Nación los resultados de una encuesta de satisfacción de los usuarios de uno de los números más requeridos por los consumidores: la Línea Gratuita de Atención y Orientación a Consumidores del organismo.

Los números de la encuesta reafirman el trabajo que venimos realizando en la Subsecretaría, donde las necesidades y los derechos de los consumidores siempre han sido nuestra prioridad”, expresó Pimpi Colombo, Subsecretaria de Defensa del Consumidor, y continuó: ”pero no debemos perder de vista que el trabajo de difusión debe ser continuo y cada vez más extensivo. Todo nuestro pueblo tiene derecho a acceder a un consumo equitativo, solidario y sustentable”.

La encuesta tuvo como objetivo general indagar y analizar el grado de expectativas y satisfacción del usuario respecto de la atención recibida y del desempeño de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor, así como medir el grado de conocimiento e información que tienen los consumidores respecto al organismo.
Con esos objetivos en vista, se elaboró (sobre una población de 400 usuarios) un Indice de Satisfacción global basado en tres dimensiones: calidad del servicio, calidad de la atención y canales de información. Según el índice obtenido, el desempeño alcanzado por la Subsecretaría de Defensa del Consumidor es de 76 puntos sobre 100, lo cual indica una evaluación positiva muy alta: 7 de 10 personas están satisfechas o muy satisfechas con la atención brindada en el 0800 de la Subsecretaría.

Como línea estratégica general, lo más importante es que todos los consumidores se vayan con una respuesta”, comenta al respecto Isabel García, coordinadora del servicio de atención a los consumidores de la Subsecretaría; y continúa: “Nosotros realizamos muchos esfuerzos que van más allá de la mera “orientación” para tratar de solucionar cada tema. Para nosotros, el área de atención al público es la cara del organismo. A veces las instituciones públicas desestiman esta tarea, pero nosotros tratamos  permanentemente de jerarquizarla”.

Un dato interesante es que el nivel de satisfacción aumenta entre las mujeres, entre los mayores de 65 años, a mayor nivel educativo, en el interior del país y a menor nivel socioeconómico.
A su vez, la encuesta se ocupó de analizar cuál es el desempeño y la percepción que se tiene de las funciones del organismo estatal. De las funciones que cumple la Subsecretaría de Defensa del Consumidor, las más conocidas por los entrevistados son:
-la recepción y tratamiento de las denuncias de los consumidores (75,2 por ciento).
-la verificación del cumplimiento de las ofertas (54,7 por ciento).

Le siguen en nivel de conocimiento:
-el desarrollo de instancias de arbitraje e instrucción de los sumarios (48,3 por ciento),
-la determinación de las responsabilidades de proveedores (43,3 por ciento)
-la corrección de la publicidad y de las normas de seguridad (40,6 por ciento)
-el control de la exactitud de los instrumentos de medición (30 por ciento)
-la realización de actividades con la comunidad para promover la organización (28,2 por ciento)
-la difusión y promoción de los derechos a través de un móvil en la vía pública (27,5 por ciento).

Telefonía celular: primera en la lista de reclamos
Otra encuesta, realizada por la misma Subsecretaría de Defensa del Consumidor, arrojó datos precisos acerca de cuál es la causa más repetida entre los usuarios que llaman. El resultado no sorprende teniendo en cuenta encuestas anteriores, pero actualiza los números que mantienen en primer lugar a los reclamos por telefonía celular.
Desde el 01 de mayo hasta el 30 de julio, en el centro de atención telefónica de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor se recibieron un total de 1646 llamadas por motivos relacionados con servicios de telefonía celular, lo que representa un 39,5% de las llamadas que se reciben.
Entre las consultas de usuarios con abono, los motivos más comunes fueron: falta de cobertura o deficiencia de la misma; cargos no solicitados; bajas no operadas e incumplimiento de promesas contractuales, publicitarias o promocionales.  En tanto, para los usuarios con sistema prepago, las consultas más comunes fueron por incumplimiento de promesas contractuales, publicitarias, promocionales; débitos y/o cobros indebidos y desconocimiento de deuda y cargos no solicitados.
Línea Gratuita de Atención y Orientación: 0800-666-1518
Dirección: Av. Julio A. Roca 651 4° piso, Sector 22 – Capital Federal.

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sábado, 28 de julio de 2012

Certificado de convivencia

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Obtención del documento que acredita fehacientemente la convivencia, en un determinado domicilio sito en el municipio, de la persona que lo solicita con quien proceda. Dicho documento posee carácter de documento público para todos los efectos administrativos o judiciales.

El certificado es válido para múltiple fines. Entre otros:
    - Solicitud plaza escolar.
    - Solicitud de vivienda de protección oficial.
    - En asuntos de la Seguridad Social: la cartilla de la Seguridad Social, solicitud de salario social, pensión no contributiva y otros .
    - Matrimonio civil.

Quién puede realizar el trámite
    - Cualquier persona mayor de 18 años.
    - En el caso de menores de 18 años no emancipados, el certificado de convivencia deberá ser solicitado por sus padres o representantes legales.
    - En caso que el certificado se tenga que emitir a nombre de una persona difunta, lo puede solicitar el cónyuge, los hijos o la persona que conste como heredera (acreditado mediante testamento). Los jueces, en ejercicio de sus funciones, también lo pueden solicitar en nombre de los descendientes y/o ascendentes del difunto.

No existe un plazo para la presentación de la solicitud por parte del interesado.

Plazo de resolución del trámite por parte de la administración:
No superior a 3 días.

Normativa / aplicación

    - Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de la Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 4/96, de 10 de enero (Art. 15, 16 y 17).
    - Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.
    - Ley Orgánica 5/85, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
    - Ley Orgánica 5/92, de 29 de octubre, de Regulación del tratamiento automatizado de los datos de car&aacute:cter personal.
    - Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal.
    - Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español (Art. 49.2 y 57.1.a).
    - Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1.690/1986, de 11 de julio, modificado por el Real Decreto 2.612/1996, de 20 de diciembre.
    - Resolución de 1 de abril de 1997 conjunta de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón Municipal, complementada por la Resolución 4 de julio de 1997.

La vigencia del certificado de convivencia se limita a la obtención del efecto para el que ha sido expedido.

Indicaciones
Solicitud y obtención del certificado de convivencia vía Internet, siempre que el usuario esté en posesión de un certificado de usuario de la FNMT (certificado digital o DNI electrónico). Por Internet, solo pueden solicitar este tipo de certificados personas empadronadas en el municipio.

Documentación necesaria para realizar el trámite por internet:
Certificado digital o DNI electrónico.

Costes: Gratuito.
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jueves, 26 de julio de 2012

¿Qué es el seguro de coche temporal?

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La mayoría de las pólizas de seguros de coche estándar tienen una cobertura de mínimo 12 meses. Sin embargo, hay muchas circunstancias en la que sólo se necesita tener un seguro para unos cuantos días. El seguro temporal dará cobertura para un máximo de 28 días. Esto significa que usted puede elegir el número de días de seguro que necesitas. Usted sólo puede necesitar un día de cobertura y esto sería posible a través de el seguro temporal de coche.

¿Quién es elegible para un seguro de coche temporal?

Para la mayoría de las pólizas de seguros temporales se debe ser mayor de 20 años de edad o haber tenido su licencia durante al menos 12 meses. Pueden haber otros requisitos, así que asegúrese de comprobar esto antes de aplicar, para ahorrar tiempo.

¿Qué va a cubrir un seguro coche pago mensual?

Esto, por supuesto, dependerá del tipo de póliza que va a sacar. Usted puede obtener políticas integrales rentables, de seguro de coche temporal. Estos le proporcionará un alto nivel de cobertura incluyendo los gastos médicos, daños a vehículos de terceros y de propiedad, daño a su propio coche o de los bienes y también de incendio y robo.

¿El seguro temporal de coche afecta a una póliza auto existente?

Puede que ya tenga una póliza de coche principal cuando toma un seguro de coche temporal. Lo bueno es que en la mayoría de los casos esta cobertura temporal no afectaría a su política principal. La prima principal en la cubierta temporal es que en el caso de una reclamación no afectaría a la política principal de los titulares de la póliza de seguro.

¿Puedo obtener cobertura inmediata con las políticas temporales?

Una de las principales ventajas de las políticas de seguro de coche pago mensual es que pueden ofrecer una cobertura inmediata. Esto es importante para situaciones de emergencia cuando usted necesita obtener rápidamente una cobertura extra. Es necesario ponerse en contacto con el proveedor del seguro de coche pago mensual(por teléfono o en línea) y solicitar una cobertura instantánea. Tan pronto como su cubierta ha sido aprobada debe ser eficaz. Esto significa que usted podría cubrir temporalmente el coche en sólo unos minutos.

¿Puedo agregar un conductor principiante a mi seguro de coche con pago mensual?

El seguro de coche temporal también se utiliza comúnmente para proporcionar cobertura a corto plazo para los conductores principiantes. Esto les permite practicar (con un conductor con licencia adecuada) fuera de los normales lecciones de conducción. Esto hace que el seguro de coche temporal ser una solución para los conductores principiantes.

¿Es valable el seguro de coche pago mensual en caso de ir al extranjero?

Usted puede obtener pólizas de seguros temporales de coche que cubren los viajes fuera, al extrajero. Usted necesita asegurarse de obtener una póliza que ofrece cobertura relevante para el país al que desea viajar. Siempre notifique a la compañía de seguros si va a conducir en el extranjero usando su póliza.

¿Como puedo obtener un seguro de coche temporal a bajo precio?

Dependiendo de donde vive en el momento, es posible que haya oído hablar de sitios web de comparación de seguros. Aquí en España estamos muy familiarizados con ellos y millones de personas los usan para comparar los precios de todo tipo de cosas, y el seguro de coche es una de las cosas populares de comparar.

El precio de un seguro de coche temporal puede variar entre las empresas debido a que diferentes compañías de seguros evaluan el riesgo de diferentes maneras. Como usted probablemente sabe, mucho depende de las circunstancias personales, y el tipo de coche que desea asegurar, así como el número de días que desea tener el seguro. Hay muchas personas que necesitan cobertura para unos pocos días mientras están cambiando los coches, o necesitan usar un coche a corto plazo. El problema es que, porque necesita comprar el seguro de coche pago mensual muy rápidamente, se tiende a comprar con prisa, y conformarse con la primera cita encontrada. Este es un gran error. Usted debe buscar, cuando no lo necesita para que tenga una idea de los costos involucrados para cuando usted lo necesita.

Los sitios web de comparación son la respuesta, y ofrecen un excelente servicio y, literalmente, te ahorrará horas y horas de llamadas a las empresas, o la inserción de datos en páginas web individuales para obtener las cotizaciones por separado. ¿Por qué hacer eso, cuando estos sitios van a hacer todo el trabajo duro? La respuesta rápida es que usted no debe.

Estos sitios de comparación van a recibir un comisión cuando los clientes compran seguros de automóviles a través de uno de sus enlaces. Le pregunté a algunos de mis amigos que usan estos sitios si han comprado un servicio a través de estos enlaces y todos dijeron que lo hicieron. De hecho, no tenían idea de que eran, en efecto, enlaces de afiliados. Simplemente asume que el enlace era la única manera de acceder a la oferta que el sitio de comparación había mostrado.

Mediante el uso de estos sitios usted puede ahorrar dinero y obtener un descuento en su seguro de coche temporal.

¿Como se usan estos sitios de comparación?

Usted debe meter sus detalles en el sitio de comparación y realizar una búsqueda. Los resultados son por lo general ordenados por precio hacia la más barata pareja. Visite los sitios web accediendo a los enlaces que el sitio de comparación le dan, pero no debe comprar en este momento. Al llegar a los sitios, hay que encontrar un número de teléfono para hablar con alguien que se ocupa de citas telefónicas.
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Que tramite hacer para entrtar en monotributo?

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En la república Argentina, es necesario para estar como corresponde, estar inscripto. Si trabaja en Internet probablemente le convenga inscribirse como monotributista y deberá inscribirse si le corresponde (como fue mi caso) también en Ingresos brutos, deberá consultar. El siguiente texto es solo un ejemplo resumido y puede no ser valido para su caso puntual es solo como en su momento realicé yo la tramitación. Resalto: "en su momento", el sistema suele actualizarse, incluso las leyes, categorías, regularizaciones, o distintos aspectos que influyan.

¿Es necesario registrarse en AFIP / Ingresos Brutos en Argentina? Cuando lo demandan -en general en todo ámbito comercial incluyendo tener una Web Site que muestre publicidad-, es necesario. Si te sirve de consuelo de ahí se abonan hospitales públicos, policía, subsidios, y demás cosas que generalmente uno utiliza o ha utilizado mucho, piénsalo.

Para monotributista, en mi caso los tramites fueron, llenar un formulario, y realizar unos tramites en la Web y llenar datos con un programa gratuito que lo descarga de una de las mismas paginas Web del gobierno. En este texto te cuento para que tengas una idea, como realicé yo el tramite puede ser distinto tu caso. Cualquier duda deberás consultar con un contador o con las entidades que corresponden.

La adhesión se formalizará, mediante transferencia electrónica de datos del formulario F. 184 (Nuevo Modelo), a través del sitio "web" de esta Administración Federal ingresando al servicio "Sistema Registral", opción "Registro Tributario/Monotributo/ Adhesión", a cuyo efecto deberá contarse con "Clave Fiscal" habilitada con Nivel de Seguridad 2.

Consignados los datos requeridos, el sistema emitirá una constancia de la transacción efectuada -acuse de recibo- y la credencial para el pago -formulario F. 152, F.153, F. 157, según corresponda-.

El link oficial es:
http://www.afip.gov.ar/genericos/guiavirtual
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martes, 24 de julio de 2012

La Declaración Patrimonial Es Un Abuso A La Privacidad?

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En este artículo vuelvo a mostrar mi preocupación por el rumbo que está tomando mi país de residencia, Ecuador, y varios países de la región, pues en los últimos años el Gobierno local ha demostrado querer tener un control sobre los medios de comunicación, algo nunca antes visto en este país.

Ahora, mi preocupación se debe a varios impuestos nuevos que se están imponiendo, como la declaración patrimonial, muy aparte de la declaración anual que todo ciudadano debe realizar, también muy aparte al impuesto a la herencia.

Citaré algunas palabras del Doctor Gerardo Villacreces Carbo, abogado con amplia experiencia, y puedo expresar mi preocupación con un artículo publicado por él:

“La primera pregunta que me surgió al leer en su oportunidad el texto legal de la obligatoriedad de la declaración patrimonial, fue por qué y para qué la necesidad de esta norma? Si la intención es conocer los ingresos de las personas para efectos del impuesto a la renta, no es suficiente con la declaración anual que se realiza, con los severos riesgos que contempla la actual legislación en caso de evasión? Sumado a esto, sabemos que el Estado dispone ya de diversas fuentes de información, a fin de conocer la situación de las personas, entonces para qué obligar a las mismas para que declaren su patrimonio bien habido? O es que la intención es otra, es decir conocer cuánto tiene una persona, violando su intimidad personal y familiar, con miras a la creación y/o determinación de impuestos, tales como el del patrimonio o el ya existente y elevado impuesto a la herencia? Qué pensar de esto, cuando estamos viendo un presupuesto estatal deficitario urgido de recursos, encarcelado entre asumir el alto costo de salir de la dolarización vs mantenerla sin tener con qué financiar el presupuesto?

Quizás el camino que le quedaría a la Administración sea la facultad determinadora, utilizando para el efecto la información que ya dispone, pero sin el atrevimiento de invadir inconstitucionalmente el derecho a la intimidad personal y familiar, el cual es sagrado, y el mismo que no admite el equivocado criterio, en el sentido de que los derechos colectivos pueden atropellar los derechos constitucionales del individuo."
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